Las organizaciones y departamentos del Sistema de Naciones Unidas tienen en cuenta cuestiones relacionadas con la mujer y el género en sus políticas y en muchos de sus programas, en consonancia con el principio de transversalidad de género.
EL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS
El Consejo de Derechos Humanos es un organismo intergubernamental de las Naciones Unidas encargado de fortalecer la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo y para hacer frente a situaciones de violaciones de los derechos humanos y formular recomendaciones sobre ellos. Se reúne en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.
El Consejo está compuesto por 47 Estados Miembros de las Naciones Unidas que son elegidos por la Asamblea General. El Consejo de Derechos Humanos ha sustituido a la antigua Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
El Examen Periódico Universal revisa el grado de cumplimiento por parte de los Estados miembros en materia de derechos humanos ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Los informes y recomendaciones de España están accesibles en su página web.
ÓRGANOS DE TRATADOS
Además del Comité CEDAW , hay otros órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos que supervisan la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos :
Se puede ampliar la información sobre los tratados internacionales de los que España es parte en el ámbito de Naciones Unidas en la página web de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH).
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) tiene como misión formular políticas y elaborar programas promoviendo el trabajo decente de mujeres y hombres y en su Constitución se consagra la igualdad entre mujeres y hombres en el mundo del trabajo.
Los cuatro Convenios clave de la OIT en el tema de género son:
• El Convenio (núm. 100 ) sobre igualdad de remuneración (1951)
• El Convenio (núm. 111 ) sobre la discriminación en el empleo y la ocupación (1958)
• El Convenio (núm. 156 ) sobre los trabajadores con responsabilidades familiares (1981)
• El Convenio (núm. 183 ) sobre la protección de la maternidad (2000).
Los Convenios 100 y 111 también se cuentan entre los ocho Convenios fundamentales de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
El mandato de la OIT respecto de la igualdad de género queda reforzado por las Resoluciones conexas adoptadas por el órgano supremo de decisión de la Organización, la Conferencia Internacional del Trabajo. Son relevantes en la materia, la Resolución relativa a la igualdad de género como eje del trabajo decente
y la Resolución relativa promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, a la igualdad de remuneración y a la protección de la maternidad.
En su decisión de marzo de 2005, el Consejo de Administración encomendó incorporar la perspectiva de género en la cooperación técnica.
Los países tienen que presentar periódicamente su Memoria de cumplimiento, informando de las actuaciones realizadas en relación a los Convenios de la OIT. Las memorias enviadas por España están disponibles en la página web de la organización.
LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL