Informe Periódico (Art. 18 LO 3/2007)
En los términos que reglamentariamente se determinen, el Gobierno elaborará un informe periódico sobre el conjunto de sus actuaciones en relación con la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres. De este informe se dará cuenta a las Cortes Generales.
PLANES DE IGUALDAD Y EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS