El Instituto de la Mujer convoca subvenciones para la realización de investigaciones relacionadas con los Estudios de las Mujeres y del Género.
Características de los Proyectos
Los proyectos presentados deben estar relacionados con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y atenerse a las bases reguladoras de la Orden TAS/535/2007 (modificada por Orden TAS/2505/2007) y a la RESOLUCIÓN por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de investigaciones relacionadas con los Estudios de las Mujeres y del género, para el año 2012.
Los proyectos tendrán una duración máxima de tres años.
Deberán enmarcarse en las líneas de investigación propias de los seminarios, institutos, centros y aulas de estudios de las mujeres que incorporan una perspectiva de género en su tarea investigadora, de conformidad con las prioridades establecidas en Anexo X de la presente Resolución.
Podrán ser solicitantes y preceptoras de las subvenciones las siguientes entidades:
Podrán presentar proyectos, a través de sus organismos y como investigadoras responsables de su ejecución científico-técnica, las personas físicas con capacidad investigadora integradas en la plantilla de las entidades mencionadas en el punto anterior.
El plazo de presentación será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes, dirigidas a la Directora General para la Igualdad de Oportunidades, persona que ostenta la Dirección del Instituto de la Mujer, deberán ser presentadas en la sede del Instituto de la Mujer, C/ Condesa de Venadito, 34, 28027 MADRID, así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), de 26 de noviembre de 1.992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En relación con este punto, no tienen la consideración de registros públicos los de las Universidades, salvo que tuvieran suscrito un convenio, a tal efecto, con la comunidad autónoma correspondiente.
* Solicitud de las subvenciones y documentación a presentar
Las solicitudes serán presentadas por la entidad a cuya plantilla pertenezca el/la investigador/a principal y deberán contar con la firma de conformidad de su representante legal, que expresará explícitamente la petición de la concesión de una subvención al Instituto de la Mujer. Dicha conformidad implica que el Organismo ha comprobado que la documentación presentada cumple los requisitos formales que establece la convocatoria y se ajusta a la normativa del centro. Supone, asimismo, el compromiso de apoyar la correcta realización del proyecto en caso de que éste sea financiado.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en un impreso normalizado que constará de la siguiente documentación:
Las entidades privadas presentarán los estatutos debidamente inscritos.
Toda la documentación que antecede deberá ser presentada en castellano o, de presentarse en otra lengua, se acompañará, además de la traducción al castellano.
LOS ANEXOS II, III, IV y V deberán mandarse, además, mediante correo electrónico y en el mismo plazo a la dirección: estudiosmujer2@inmujer.es
En ellos deberá reflejarse claramente quien es el/la investigador/a principal
Los investigadores o investigadoras principales no podrán figurar como tales en más de una subvención de la presente convocatoria, o de las correspondientes a años anteriores.
Los miembros del grupo de investigación podrán participar con dedicación única en un solo proyecto, o con dedicación compartida en un máximo de dos proyectos. En este cómputo, se incluyen las solicitudes de la presente convocatoria.
* Importe de las subvenciones
El importe de las subvenciones concedidas, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de las Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
Para cualquier aclaración, las personas solicitantes pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico:
Resolución de 10 de julio de 2012 , del Instituto de la Mujer, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de investigaciones relacionadas con los estudios de las mujeres y del género, para el año 2012. (2 Mb)
Solicitud y Anexos (3 Mb)
Orden TAS/535/2007, de 23 de febrero , por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, ayudas y becas por el Instituto de la Mujer. (4 Mb)
Orden TAS/2505/2007, de 7 de agosto , por la que se modifica la Orden TAS/535/2007, de 23 de febrero. (40 Kb)
Resolución de 19 de diciembre de 2012, del Instituto de la Mujer , por la que se publican las subvenciones concedidas a la realización de investigaciones relacionadas con los estudios de las mujeres y del género, para el año 2012.