Composición y funciones
¿Qué hace?
De acuerdo con su Decreto de constitución, el Observatorio de igualdad tiene
encomendadas las siguientes funciones
- Actuar como órgano permanente de recogida y análisis de la información
disponible en diferentes fuentes nacionales e internacionales
- Formular recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar los indicadores y
sistemas de información relacionados con las mujeres.
- Participar y mantener relaciones con instituciones internacionales
similares.
- Recibir información sobre medidas y actividades que pongan en marcha las
Administraciones Públicas en materia de igualdad de oportunidades.
- Evaluar el impacto en la sociedad de las políticas y medidas que afecten a
las mujeres.
- Constituir un foro de intercambio y comunicación entre organismos públicos
y la sociedad.
- Proponer iniciativas tendentes a realizar el seguimiento del tratamiento de
la figura de la mujer en los medios de comunicación.
- Proponer la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico de
la situación de las mujeres en España.
- Realizar el seguimiento informativo de las políticas sociales que afectan a
las mujeres.
- Difundir información sobre diversos aspectos relacionados con las
mujeres.
¿Cómo trabaja?
El observatorio trabaja en Pleno, Comisión Permanente y Comisiones de
Trabajo.
El pleno se reúne una vez al año con carácter ordinario y excepcionalmente
cuantas veces sea convocado por la presidencia, a iniciativa propia o a
propuesta de, al menos una tercera parte de los vocales.
Corresponde al Pleno acordar la creación de cuantas comisiones de trabajo
estime oportuno, que se constituirán, previa aprobación por la mayoría de los
miembros en función de la materia concreta que se considere necesario analizar.
A estas comisiones de trabajo podrán incorporarse personas expertas de
reconocido prestigio con el fin de elaborar los informes técnicos
pertinentes.